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Order (Auto)September 1, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Monsalve Cecilia Del Socorro·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones Y Otro

✓
Topic · hard data
Asunto Interno De La Misma Jurisdicción.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 37 Laboral del Circuito del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado 6° Civil Circuito de Oralidad de Medellín.

Dicha controversia versa sobre una demanda ordinaria laboral interpuesta por una ciudadana contra su ex empleadora y el Fondo de Pensiones Colpensiones S.A., con el fin de obtener “el reconocimiento y pago de las sumas adeudadas como producto de su relación laboral que perduró por 23 años”.

La Sala Plena considera que no es competente para resolver la controversia sub examine, puesto que se trata de un conflicto de competencias entre autoridades judiciales que forman parte de la misma jurisdicción.

En efecto, las autoridades judiciales enfrentadas, forman parte de la jurisdicción ordinaria, en sus especialidades laboral y civil, en diferentes distritos judiciales.

Como se expuso, el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución no confiere a la Corte Constitucional la competencia para dirimir este tipo de conflictos.

Por esta razón, la Sala Plena se declarará inhibida para resolver la controversia.

Por lo tanto, de conformidad con las reglas previstas en el inciso primero del artículo 18 de la Ley 270 de 1996 corresponde a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, determinar cuál es la autoridad judicial que debe conocer del proceso.

En consecuencia, la Corte Constitucional remitirá el expediente para lo que corresponda.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Juzgado 37 Laboral del Circuito del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado 6° Civil Circuito de Oralidad de Medellín, en relación con la competencia para conocer el proceso promovido por Cecilia del Socorro Monsalve contra María Cecilia Tobón Álvarez y el Fondo de Pensiones Colpensiones S.A.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2362 a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

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